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viernes, 27 de marzo de 2009

Renta Básica de Emancipación

Con el objetivo de ayudar a los jóvenes en su proceso de emancipación, esta prestación contempla 210 euros mensuales para el pago del alquiler, 600 euros de préstamo para la fianza y 120 euros para los gastos del aval bancario. Esta ayuda permite un ahorro de hasta 2.520 euros anuales en alquiler.

Desde el pasado 1 de enero de 2008, los jóvenes entre 22 y 30 años que quieran independizarse, pueden solicitar una ayuda que les ayudará a sufragar los gastos del alquiler; éste es el objetivo de la Renta Básica de Emancipación, medida con la que se persigue además facilitar a los jóvenes el acceso a una vivienda digna en régimen de alquiler, fomentando de esta forma una emancipación más tempara y una mayor mobilidad laboral.


Beneficiarios de la ayuda

Según se contempla en la norma que regula esta prestación, podrán beneficiarse de esta ayuda los jóvenes que sean trabajadores por cuenta propia o ajena, los becarios de investigación y los perceptores de prestación de desempleo o de una pensión por incapacidad, por invalidez o cualquier otra prestación pública, siempre que puedan acreditar una vida laboral de almenos seis meses de antigüedad.

Condiciones y cuantía de la pretación

Para percibir la renta básica de emancipación son requisitos imprescindibles además:

* La domiciliación bancaria de esta ayuda en algunas de las entidades de crédito colaboradoras del Ministerio de la vivienda.
* La domiciliación bancaria del pago del alquiler.
* Estar al corriente del pago periódico del alquiler de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento.
* Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La prestación se concreta en tres tipos de ayudas:

* 210 euros mensuales para el pago del alquiler, durante un tiempo máximo de cuatros años o cuarenta y ocho mensualidades, sean o no consecutivas.
* 120 euros, si se necesita aval, para los gastos de su tramitación.
* Y, por último, 600 euros de préstamo por si se exige una fianza. Esta sería la única cantidad que habría que devolver al Ministerio de la Vivienda, bien cuando finalizara el contrato de alquiler o cuando se dejara de recibir la Renta de Emancipación.


Para solicitar esta prestación, habrá que presentar una solictud, bien en persona (en cualquier Registro Público o Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio); o bien mediante vía telemática, a través de la Oficina Virtual de esta Consejería, a la que se podrá acceder a través de su portal web:

http://www.juntadeandalucia.es/viviendayordenaciondelterritorio/www/

Según datos de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, hasta finales de febrero, los jóvenes andaluces han formalizado cerca de 29.000 solicitudes para beneficiarse de la Renta Básica de Emancipación, de las que casi el 86% ya se han resuelto. Del conjunto de expedientes resueltos en la comunidad autónoma hasta esa fecha, en torno a un 83,55 han sido aprobados.

Por provincias Sevilla fue la que recibió un mayor número de solicitudes durante ese período, seguida de Málaga, Cádiz, Granada, Córdoba, Almería, Jaén y Huelva.
Esta acción informativa se enmarca dentro del Convenio suscrito entre esta Federación y la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía para poner en marcha programas de información y formación sobre esta materia, dirigidos a los consumidores.

Las personas interesadas en obtener más información sobre la Renta Básica de Emancipación, pueden consultar la siguiente página web:

http://www.juntadeandalucia.es/viviendayordenaciondelterritorio/www/