El pasado martes, el Diario de Sevilla se hizo eco de la notificación realizada por la Consejería de Obras Públicas la cual desaprueba el PGOU aprobado por unanimidad en el pleno del pasado mes de enero.
Pues bien, a continuación le resumimos en qué consiste el POTA y cuáles son sus bases para que puedan contrastarlo con el desacuerdo a nuestro PGOU aprobado en su día por mayoría en el pleno.
Pues bien, a continuación le resumimos en qué consiste el POTA y cuáles son sus bases para que puedan contrastarlo con el desacuerdo a nuestro PGOU aprobado en su día por mayoría en el pleno.
El POTA (Plan de Ordenación Territorial de Andalucía) nace a raíz de las leyes de ordenación del territorio que existen a nivel nacional y autonómico como una herramienta de las mismas elaborada por la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Andalucía para una orientación útil al servicio del proyecto de transformación y modernización del territorio andaluz. En resumidas palabras, se pretenden conseguir estos tres objetivos:
- Consolidar Andalucía como un territorio articulado físicamente, integrado económicamente y cohesionado socialmente en el marco de la comunidad española y europea.
-Servir de referencia y favorecer un desarrollo económico solidario y territorialmente equilibrado, que contribuya al incremento de la calidad de vida, el bienestar social y el uso racional de los recursos naturales y culturales
-Contribuir al desarrollo y aprovechamiento de las capacidades y valores propios del conjunto de la región y de cada una de sus partes, en la perspectivade su plena integración en el territorio de las redes y de la sociedad de la información y el conocimiento a escala global.
La cuestión del rechazo al PGOU de Osuna se debe a las 4980 casas que se proponían crear, entre las que destacan las 800 del campo de golf, las cuales sobrepasan el tope de crecimiento establecido en la norma 45 del POTA que establece que los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) no podrán contemplar suelos urbanizables que supongan un 40% más que los existentes y un 30% de crecimiento de la población, ha sido muy cuestionada por los ayuntamientos, y especialmente por poblaciones menores del interior con ciertas expectativas de crecimiento por el desarrollo de nuevas actividades, una norma que desde la Consejería de Obras Públicas de la Junta se hace para erradicar la especulación. Este límite se podrá rebasar pasados ocho años de la aprobación de la primera modificación de esta ordenación del territorio.
Por lo que si Osuna tiene casi 18.000 habitantes empadronados, el crecimiento máximo de nuestro pueblo sería hasta los 23.000 habitantes y si todo saliese bien a partir del 2016 Osuna podría ampliar esta perspectiva de crecimiento.
En resumidas cuentas, quizás hubiera buena voluntad de los políticos ursaonenses al intentar hacer aumentar en un número importante las casas y, con ello, el número de habitantes de Osuna, pudiendo sobrepasar la importante barrera de los 20.000, pero de nuevo nos topamos con un nuevo impedimento: no podemos crecer lo que queramos, es decir, estamos subordinados no sólo a nosotros mismos los ursaonenses, sino a la Junta de Andalucía que, por lo visto, tiene más poder sobre Osuna que los propios ursaonenses.
¿Cuál será la próxima?